Art. 61
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección primera. Plan general de ordenación urbana

Art. 61

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En vigor desde 20 sept 2006
El plan general de ordenación urbana establece las siguientes determinaciones de ordenación: a) Con carácter mínimo, la ordenación estructural del término municipal completo y la ordenación pormenorizada del suelo urbano que el plan general incluya en la categoría de suelo urbano consolidado. b) Con carácter potestativo, la ordenación pormenorizada del suelo urbanizable sectorizado y del suelo urbano no incluido por el plan general en la categoría de suelo urbano consolidado, pudiendo ser remitida en ambos supuestos a su ordenación por planeamiento de ordenación pormenorizada.
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