Art. 82
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. 82

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En vigor desde 1 ene 2007
Los escenarios presupuestarios plurianuales serán confeccionados por la Consejería de Hacienda, que dará cuenta de los mismos a la Junta de Castilla y León previamente a la aprobación del proyecto de ley de presupuestos generales de la Comunidad para el siguiente ejercicio.
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