Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 281
282 / 322En vigor desde 7 mar 2023
Lo establecido en el artículo 273 sobre el seguimiento de las medidas correctoras derivado de las actuaciones de control financiero permanente será asimismo aplicable a los informes de auditoría pública.
Se modifica por el .11 de la Ley 1/2023, de 24 de febrero. Ref. BOE-A-2023-6456
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2006/05/03/2#art-281