Art. 256
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 256

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En vigor desde 29 may 2006
La Intervención General de la Administración de la Comunidad podrá determinar en qué casos la función interventora será ejercida sobre una muestra, y no sobre la totalidad de los actos sujetos a la misma, mediante la aplicación de técnicas de inferencia estadística. Dicho Centro definirá la técnica y establecerá los procedimientos que se aplicarán para selección, identificación y tratamiento de la muestra, y propondrá las decisiones que puedan derivarse del empleo de esta técnica.
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eli/es-cl/l/2006/05/03/2#art-256