Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 1.ª Principios generales de la gestión
Art. 143
143 / 322En vigor desde 29 may 2006
Los titulares de los entes y órganos administrativos que componen el sector público autonómico serán responsables de la consecución de los objetivos fijados, promoviendo un uso eficiente de los recursos públicos y prestando un servicio de calidad a los ciudadanos.
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Proeli/es-cl/l/2006/05/03/2#art-143