Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 12
12 / 322En vigor desde 29 may 2006
La Comunidad de Castilla y León, en el ámbito de sus competencias, gozará de las mismas prerrogativas y beneficios fiscales que la Ley establece para el Estado.
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Proeli/es-cl/l/2006/05/03/2#art-12