Art. 196
Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Del testamento por comisario

Art. 196

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En vigor desde 19 jul 2006
Se llama testamento por comisario al que uno de los cónyuges otorga en ejercicio de la facultad testatoria concedida por el otro.
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eli/es-ga/l/2006/06/14/2#art-196