Art. 42
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 42

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En vigor desde 3 jun 2005
La regulación de los vinos con denominación de origen, vinos con denominación de origen calificada y vinos de pagos se estará a lo dispuesto en los artículos 22, 23 y 24 de la Ley 24/2003, de 10 de julio.
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