Art. 29
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 29

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En vigor desde 12 mar 2005
El inventario de productos alimentarios tradicionales es una relación, que las consejerías competentes en materia de agricultura y pesca han de elaborar y mantener actualizada, de los productos alimentarios típicos y tradicionales de Galicia, con independencia de que estén o no protegidos, mediante un distintivo referido al origen y la calidad del producto. El objetivo principal de este inventario de productos alimentarios tradicionales es el de preservar y revalorizar este patrimonio efectuando su caracterización y seguimiento histórico.
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eli/es-ga/l/2005/02/18/2#art-29