Art. 29
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 29

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En vigor desde 22 abr 2005
En el Registro de Academias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se inscribirán: a) Los actos de creación, fusión, segregación y extinción de las academias de la Región de Murcia. b) Los estatutos de las academias y sus modificaciones. c) Los reglamentos de régimen interior de las academias y sus modificaciones. d) Los domicilios sociales de las academias y sus cambios. e) El nombre de las personas que integran los órganos de gobierno de las academias y el de los académicos de número.
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eli/es-mc/l/2005/03/11/2#art-29