Art. 16
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 16

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En vigor desde 22 abr 2005
1. La Mesa, Comisión de Gobierno o Junta de Gobierno es el órgano de dirección y gestión de la Academia para resolver aquellos asuntos que no estén expresamente reservados al Pleno o Junta General o para los que éste le delegue. 2. Estará integrada por el Presidente o Director, el Vicepresidente o Subdirector, en su caso, el Secretario General, el Tesorero y por los demás miembros que se determinen en los Estatutos.
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