Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 10
10 / 27En vigor desde 2 jun 2004
El Director es el órgano de dirección técnica, gestión y ejecución de las competencias que desarrolla el Instituto, bajo la superior autoridad del Presidente del mismo y con dependencia funcional del Vicepresidente.
Su nombramiento y cese se dispondrán por acuerdo del Consell de la Generalitat, a propuesta del Presidente.
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Proeli/es-vc/l/2004/05/28/2#art-10