Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 38
38 / 168En vigor desde 1 ene 2005
Para el año 2005, la cuantía de las pensiones de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, se fijará en 4.043,06 euros íntegros anuales.
Redactado el artículo conforme al Real Decreto-ley 11/2004, de 23 de diciembre, publicado el mismo día. Ref. BOE-A-2004-21690 . Para ver la redacción original consúltese el formato PDF.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2004/12/27/2#art-38