Art. Disposición final segunda
22 / 23En vigor desde 13 may 2004
En tanto no se dicten las normas reglamentarias a que se hace referencia en la disposición anterior, continuarán en vigor las existentes, en cuanto no se opongan a la presente ley.
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Proeli/es-ga/l/2004/04/21/2#disposicion-final-segunda