Título TÍTULO VI
Art. 73
75 / 168En vigor desde 10 mar 2003
El Plan de Vivienda es el instrumento de ordenación, programación y coordinación de la actividad de fomento de vivienda y suelo que realicen las administraciones públicas competentes, con el fin de atender las necesidades de vivienda existentes en Canarias y hacer efectivo el derecho a una vivienda digna y adecuada.
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Proeli/es-cn/l/2003/01/30/2#art-73