Art. 61
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª De la rehabilitación de viviendas y otros edificios

Art. 61

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En vigor desde 10 mar 2003
La intervención pública de fomento en materia de rehabilitación tiene por objeto las siguientes actividades: a) La rehabilitación de viviendas. b) La rehabilitación de edificios. c) La rehabilitación integral de edificios de una sola vivienda. d) La rehabilitación o reposición integral de áreas. e) La adecuación del equipamiento comunitario primario. f) La reparación y reposición de edificios y viviendas.
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