Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 22
23 / 168En vigor desde 10 mar 2003
El Instituto Canario de la Vivienda tendrá su sede en el lugar que lo tenga la Consejería de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias competente en materia de vivienda.
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Proeli/es-cn/l/2003/01/30/2#art-22