Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 13
14 / 168En vigor desde 15 feb 2006
1. Corresponden al Consejo de Dirección las funciones que se establezcan en los estatutos del Instituto.
2. El Consejo de Dirección ajustará su funcionamiento a las normas sobre órganos colegiados de la legislación de procedimiento administrativo común.
3. Los actos del Consejo de Dirección ponen fin a la vía administrativa.
4. (Suprimido)
5. (Suprimido)
Se suprimen los apartados 4 y 5 por el de la Ley 1/2006, de 7 de febrero. Ref. BOE-A-2006-8645 .
Tus anotaciones
Proeli/es-cn/l/2003/01/30/2#art-13