Título TÍTULO III
Art. Disposición adicional cuarta
38 / 45En vigor desde 30 mar 2003
La Junta de Coordinación Universitaria de las Illes Balears se constituirá en un plazo máximo de tres meses desde la publicación de esta ley en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2003/03/20/2#disposicion-adicional-cuarta