Art. Disposición transitoria tercera
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO CUARTOSecc. Sección Cuarta. Encomienda de gestión

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 19 mar 2003
Mientras no se dicte la Ley prevista en el artículo 40 de esta Ley, continúa en vigor el régimen especial de la Villa de Madrid, según la Disposición Adicional sexta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
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