Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO CUARTO›Secc. Sección Cuarta. Encomienda de gestión
Art. Disposición adicional cuarta
165 / 174En vigor desde 19 mar 2003
Las especialidades que la presente Ley establece sobre la normativa estatal de Régimen Local no serán de aplicación a aquellos municipios que pudieran ser dotados por el Estado de una regulación básica específica.
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Proeli/es-md/l/2003/03/11/2#disposicion-adicional-cuarta