Art. 44
Título TÍTULO PRIMEROCapítulo CAPÍTULO CUARTOSecc. Sección Quinta. Del gobierno provisional o transitorio de los municipios

Art. 44

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En vigor desde 19 mar 2003
Las Comisiones Gestoras Municipales son los órganos de gobierno y administración de los Municipios hasta la celebración de las siguientes elecciones municipales generales o parciales, en los supuestos previstos en el artículo siguiente de esta Ley.
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