Art. 35
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 35

Derogado38 / 96
En vigor desde 2 jul 2002
1. La Declaración de Impacto Ambiental será publicada en todo caso en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid». 2. Una vez formulada la Declaración de Impacto Ambiental, el órgano ambiental la remitirá al órgano con competencia sustantiva y al promotor.
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eli/es-md/l/2002/06/19/2#art-35