Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 35
Derogado38 / 96En vigor desde 2 jul 2002
1. La Declaración de Impacto Ambiental será publicada en todo caso en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».
2. Una vez formulada la Declaración de Impacto Ambiental, el órgano ambiental la remitirá al órgano con competencia sustantiva y al promotor.
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Proeli/es-md/l/2002/06/19/2#art-35