Título TÍTULO II
Art. 19
Derogado21 / 96En vigor desde 2 jul 2002
Antes de emitir el informe de Análisis Ambiental, si el órgano ambiental considera que el mismo debe ser desfavorable, o que deben imponerse medidas correctoras, dará traslado de la propuesta de informe al órgano promotor, a fin de que, en plazo de diez días, pueda formular las alegaciones que estime pertinentes.
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Tus anotaciones
Proeli/es-md/l/2002/06/19/2#art-19