Título TÍTULO XI
Art. Disposición final segunda
137 / 137En vigor desde 23 abr 2002
La presente Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de La Rioja».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2002/04/17/2#disposicion-final-segunda