Art. 24
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª Las Administraciones Públicas

Art. 24

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En vigor desde 27 nov 2002
La Comisión de Protección Civil de Andalucía es el órgano colegiado de carácter deliberante y consultivo, de homologación, coordinación y participación de las Administraciones Públicas en materia de protección civil. Integrada por representantes de todas las Administraciones Públicas, funciona en Pleno y en Comisión Permanente. Para el estudio de asuntos de su competencia, podrán crearse Comisiones Técnicas y Grupos de Trabajo. Su composición, organización y régimen de funcionamiento se regulará mediante reglamento.
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