Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional tercera
30 / 33En vigor desde 25 may 2001
Salvo que en ella se disponga expresamente otra cosa, los plazos previstos en esta Ley son improrrogables y, cuando se señalen por días, éstos se entienden naturales.
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Proeli/es-an/l/2001/05/03/2#disposicion-adicional-tercera