Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 22
22 / 33En vigor desde 25 may 2001
1. La Junta Electoral de Zona ha de aprobar, antes del vigésimo día anterior al de la votación, el modelo de papeletas y sobres de votación, así como el de las actas de constitución y escrutinio de las Mesas electorales.
2. El Ayuntamiento afectado asegurará la entrega de las papeletas y sobres de votación en número suficiente a las Mesas electorales, al menos una hora antes del momento en que deba iniciarse la votación.
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Proeli/es-an/l/2001/05/03/2#art-22