Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Normas de aplicación directa y estándares urbanísticos en el planeamiento municipal
Art. 42
43 / 300En vigor desde 4 sept 2001
En todo lo no previsto en los artículos anteriores de aplicación directa, se estará a lo dispuesto en el planeamiento municipal y, en su ausencia, a las Normas Urbanísticas Regionales o Comarcales que apruebe el Gobierno de Cantabria.
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Proeli/es-cb/l/2001/06/25/2#art-42