Art. Disposición transitoria segunda
7 / 9En vigor desde 20 jul 2001
La Asamblea Constituyente del Colegio Profesional de Protésicos Dentales, dentro del plazo de tres meses desde la aprobación de los estatutos provisionales, deberá:
1. Ratificar a los miembros de su comisión gestora o bien nombrar a los nuevos, y aprobar, si procede, su gestión.
2. Aprobar los Estatutos definitivos del Colegio.
3. Elegir a las personas que deban ocupar los cargos correspondientes en los órganos colegiales.
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Proeli/es-mc/l/2001/07/02/2#disposicion-transitoria-segunda