Art. 29
Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª La Comisión Técnica Audiovisual

Art. 29

Derogado30 / 46
En vigor desde 5 may 2001
1. La Comisión prestará al Consejo Audiovisual el apoyo técnico que precise para el desarrollo de sus funciones. 2. En caso de conflicto entre los distintos operadores que intervienen en el mercado audiovisual, la Comisión podrá proponer a las partes que se sometan voluntariamente al arbitraje del Consejo Audiovisual.
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eli/es-md/l/2001/04/18/2#art-29