Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición transitoria tercera
96 / 102En vigor desde 12 jul 2000
La Comisión Cántabra del Deporte se constituirá en el plazo máximo de un año, a partir de la entrada en vigor de la norma que desarrolle las determinaciones establecidas en el artículo 8 de esta Ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cb/l/2000/07/03/2#disposicion-transitoria-tercera