Art. 63
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO II

Art. 63

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En vigor desde 12 jul 2000
1. El régimen sancionador deportivo tiene por objeto la tipificación de las infracciones y sanciones, así como la determinación del procedimiento sancionador en materia deportiva. 2. Las disposiciones de este capítulo serán de aplicación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria. 3. Constituyen infracciones administrativas en materia deportiva las acciones u omisiones de los sujetos responsables tipificadas y sancionadas en este título de la Ley y en las normas reglamentarias de desarrollo de la misma.
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eli/es-cb/l/2000/07/03/2#art-63