Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección II. Tramitación
Art. Disposición final segunda
47 / 47En vigor desde 12 jun 1998
La presente ley entrará en vigor cuando se cumplan tres meses desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco».
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Proeli/es-pv/l/1998/02/20/2#disposicion-final-segunda