Art. 50
Título TÍTULO V

Art. 50

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En vigor desde 15 may 1998
1. Se crea la Banda Joven de la Generalidad Valenciana, con la finalidad de ofrecer a los jóvenes músicos de la Comunidad Valenciana una formación bandística complementaria. 2. La composición y el funcionamiento de la Banda Joven de la Generalidad Valenciana será regulado reglamentariamente. 3. Se adscribe la Banda Joven de la Generalidad Valenciana al Instituto Valenciano de la Música.
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eli/es-vc/l/1998/05/12/2#art-50