Capítulo CAPÍTULO II
Art. 3
3 / 23En vigor desde 10 ene 1998
Son órganos integrantes del Consejo Jurídico:
a) El Presidente.
b) Los Consejeros.
c) El Letrado-Secretario general.
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Tus anotaciones
Proeli/es-mc/l/1997/05/19/2#art-3