Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 31
31 / 46En vigor desde 22 jul 1996
Se constituirán órganos colegiados de coordinación interconsejerías, interadministraciones públicas y de organizaciones no gubernamentales que en Galicia intervengan en el ámbito de las drogodependencias, cuya composición y funcionamiento se determinarán reglamentariamente.
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Proeli/es-ga/l/1996/05/08/2#art-31