Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 13 jul 1996
Se crea el Colegio Profesional de Diplomados y Técnicos de Empresas y Actividades Turísticas de Canarias, como corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines y ejercicio de sus funciones, cuyo ámbito territorial es el de la Comunidad Autónoma de Canarias.
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