Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final
30 / 30En vigor desde 6 dic 1996
Esta Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares».
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Proeli/es-ib/l/1996/11/19/2#disposicion-final