Art. 68
Título TITULO IVCapítulo CAPITULO III

Art. 68

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En vigor desde 30 abr 1995
Corresponderá a la Consejería de Educación y Juventud llevar a cabo el seguimiento y control de la ejecución de los proyectos de instalaciones deportivas financiadas total o parcialmente por la Junta de Extremadura, sean de iniciativa pública o privada.
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