Art. 84
Capítulo CAPÍTULO VII

Art. 84

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En vigor desde 1 jun 1995
En todo lo no previsto en esta Ley, será de aplicación a las sociedades de responsabilidad limitada lo establecido en el capítulo VII de la Ley de Sociedades Anónimas.
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eli/es/l/1995/03/23/2#art-84