Art. Disposición final única

Art. Disposición final única

15 / 15
En vigor desde 4 abr 1994
Esta Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/1994/03/30/2#disposicion-final-unica