Art. 5
Título TÍTULO I

Art. 5

5 / 97
En vigor desde 3 feb 1995
La organización y las actuaciones administrativas para la aplicación de esta Ley se basarán en los principios de descentralización, coordinación y eficacia, de colaboración entre el sector público y el privado, y en los modelos de participación responsable de todos los interesados.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-as/l/1994/12/29/2#art-5