Art. 63
Título TÍTULO X

Art. 63

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En vigor desde 5 dic 1993
La Consejería de Medio Rural y Pesca prestará asesoramiento e información técnica al sector pesquero y en especial a través de sus centros y programas de experimentación e investigación pesquera.
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eli/es-as/l/1993/10/29/2#art-63