Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección II. De la promoción interna, la movilidad horizontal y la adquisición de la condición de Catedrático
Art. 41
41 / 84En vigor desde 26 feb 1993
El acceso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas se regirá conforme a lo establecido en el artículo 17.2.b) de la presente ley.
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Proeli/es-pv/l/1993/02/19/2#art-41