Art. 36
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección I. Provisión de puestos de trabajo§ Subsección III. La función directiva en el centro docente

Art. 36

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En vigor desde 26 feb 1993
Reglamentariamente, a propuesta del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, se determinará el régimen, creación y cobertura de las plazas de administradores, que se realizará entre funcionarios pertenecientes a los cuerpos y escalas docentes. Las convocatorias para estas plazas contendrán la previsión de cursos de capacitación específicos para el ejercicio de las funciones de administración de los centros.
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