Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección I. Provisión de puestos de trabajo›§ Subsección III. La función directiva en el centro docente
Art. 34
34 / 84En vigor desde 26 feb 1993
La provisión de los puestos de director, vicedirector, jefe de estudios y secretario del centro se realizará conforme a lo establecido en la ley de la Escuela Pública Vasca.
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Proeli/es-pv/l/1993/02/19/2#art-34