Capítulo CAPITULO VI
Art. Disposición adicional quinta
66 / 75En vigor desde 1 jun 2025
Se faculta a la persona titular de la conselleria competente en materia de hacienda a regular el régimen de notificaciones por medios electrónicos de las personas y entidades inscritas en los registros llevados por la EPSAR en aplicación de esta ley.
Se añade por el de la Ley 5/2025, de 30 de mayo. Ref. BOE-A-2025-11959 .
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/1992/03/26/2#disposicion-adicional-quinta