Art. 10
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 10

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En vigor desde 9 abr 1992
La elaboración y aprobación de la planificación de saneamiento y depuración prevista en la Ley, así como la del planeamiento territorial y urbanístico, se basarán en la necesidad de garantizar la coherencia entre las determinaciones de dichos tipos de planes en aquellos aspectos que deban ser regulados en ambos marcos de planificación.
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eli/es-vc/l/1992/03/26/2#art-10