Art. 1
Capítulo I. Objeto

Art. 1

1 / 25
En vigor desde 1 ene 1992
Es objeto de la presente Ley la declaración de materias de interés general para Castilla-La Mancha, la consiguiente coordinación de las Diputaciones Provinciales y la regulación de las delegaciones de competencias de la Comunidad Autónoma en las Diputaciones.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cm/l/1991/03/14/2#art-1